Contexto

Legislan tope a reclamaciones por impericia médica relacionadas al Covid-19

La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Ruco deberá recibir y analizar la semana entrante un proyecto que establecería la Ley para definir los límites de responsabilidad por reclamaciones y demandas a hospitales privados, profesionales de la salud, médicos, profesionales de enfermería o personal técnico durante el término de duración de la emergencia causada por el COVID-19.

El proyecto sería sometido por el propio presidente de la Comisión de Salud, Juan Oscar Morales, y buscará delinear un tope para las demandas por impericia médica contra entidades públicas y privadas a $75,000 si son daños y perjuicios causados por un individuo y hasta $150 mil si son causados por más de una persona.

Así lo confirmó el propio representante Morales en entrevista con este diario.

“Estamos ahora mismo dándole forma al proyecto y esperamos el lunes radicar el mismo ante la Comisión de Salud, si la Cámara está abierta”, destacó Morales, resaltando que el proyecto enmendaría la Ley 104 de 1955, conocida como la Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado, “que incluye daños, perjuicios, responsabilidades impuestas e impericia médica”.

Según establece el borrador del proyecto al que Metro tuvo acceso, “para efectos de esta Ley, cualquier hospital privado, profesional de la salud, médico, profesionales de enfermería o personal técnico que, bajo el estándar de cuidado razonable durante una emergencia, se le impute haber incurrido en alegados actos de impericia médico hospitalaria por actos u omisiones culposas, responderá únicamente hasta el límite de $75,000 dólares, por reclamante y hasta un máximo de $150,000, cuando los daños y perjuicios sean causados a más de una persona, o cuando sean varias las causas de acción a que tenga derecho un solo perjudicado”.

“De ser varios reclamantes, y la cuantía exceder los ciento cincuenta mil (150,000) dólares, se procederá a distribuir dicha suma entre los demandantes, a prorrata, tomando como base los daños sufridos por cada uno”, reza el borrador del proyecto.

El representante Morales señaló que el período de tiempo que cubriría esta ley para las demandas y reclamos por alegaciones de impericia médica correspondería “desde que comenzó hasta que finalice la emergencia”.

El presidente del Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico, Víctor Ramos, señaló que este proyecto ya lleva varios días tomando forma, desde que esta pandemia asomó su fea cabeza en el panorama boricua.

“En este caso se alude a que se trabaja en condiciones subóptimas, parecido a lo que sucedió cuando María, pero con aún mayor incertidumbre, pues todavía estamos conociendo a lo que nos estamos enfrentando”, subrayó Ramos.

“La incertidumbre es un factor clave. Otro es la escasez de material protector necesario para esta pandemia. También, hay varias situaciones muy peligrosas. Si eventualmente esto se saliera de control, como en otros lugares, pudiese haber que tomar decisiones según las situaciones, como en Italia, que se ha llegado al punto de decidir a quién se le pone un ventilador y no. Este tipo de situaciones que surgen cuando se salen las cosas de control no es algo que los médicos o los enfermeros quieren hacer, y esperamos que no sucedan, pero aquí estamos hablando de gente que está trabajando en condiciones que no son normales”, arguyó.

En la exposición de motivos del borrador del proyecto, se define “el virus del COVID-19” como “una afección respiratoria que se puede propagar de persona a persona”.

“De nuevo, es un borrador que aún estamos trabajando”, recalcó el representante Morales.

 

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