Tendencias

¡No te quedes pelao! 5 tips para recuperar tu dinero

(Christopher Polk/BET/Getty Images for BET)

Por: Lic. Frances Lange

PUBLICIDAD

Así que el Black Friday te dejó pela’o y te acordaste de que hace cinco años le prestaste a tu pana Rodolfo $10,000 para el pronto de la casa que el tanto quería con la condición de que te lo pagara en cuatro años. Llamas a Rodolfo y se niega a pagarte el dinero porque el también está pela’o. ¿Y ahora? ¿Qué puedes hacer? Necesitas ese dinero con urgencia así que piensas que no te queda de otra que buscar un abogado, invertir miles de dólares en un caso y recobrar lo que puedas. Hoy te decimos como recuperar tu dinero por la vía legal en pasos sencillos.

1. Identifica el monto de tu deuda. Si tu pana te debe menos de quince mil dólares, nuestras leyes y reglamentos disponen de un proceso sumario (“rápido”) para recuperarlo. Deberás presentar una reclamación en la Sala Municipal donde vive quien te debe y se celebrará una vista para determinar la resolución del caso.

2. Prepara una demanda o reclamación. En estos casos donde la reclamación es menor de quince mil dólares, existe un formulario para aquellos que decidan comparecer por derecho propio, es decir sin abogados. Este formulario lo puedes solicitar en la Secretaría del Tribunal al que acudas. También tienes la opción de tu mismo redactar la demanda. Y, ¿qué tengo yo que escribir ahí si yo no fui a la Escuela de Derecho? Sencillo. Debes escribir lo siguiente:

-Nombre, dirección física y postal de ese pana que no te quiere pagar.
-Nombre, dirección física y postal tuya o de tu representante legal.
-La naturaleza de la deuda, es decir, porqué Rodolfo te debe diez mil dólares.
-La cantidad exacta que Rodolfo te debe y que interesas recobrar.
-Afirmar que antes de radicar esta reclamación has realizado todas las gestiones necesarias para que Rodolfo te devuelva tu dinerito y no lo has logrado.

3. Prepara un proyecto de citación para notificarle a la otra parte sobre tu reclamación. La Secretaria del tribunal lo expedirá de forma inmediata y te toca hacérselo llegar a Rodolfo antes de que pasen diez días de que hayas llevado tu reclamación al tribunal. En la citación deberá incluirse la fecha de la vista y la advertencia de que en la vista deberá exponer su posición con respecto a la reclamación y que de ausentarse el tribunal podrá dictar sentencia en su ausencia.

4. Y, ¿si son más de quince mil? En este caso deberá presentarse una demanda en la Sala Superior del lugar donde reside el demandado y la notificación sobre el caso no la podrás hacer tu mismo si no un emplazador o una persona que no esté envuelta en el pleito.

5. Siempre queda la alternativa de la Mediación. En Puerto Rico, el ordenamiento jurídico nos brinda la alternativa de resolver los asuntos de forma conciliatoria sin tener que acudir al tribunal. Quienes así lo deseen pueden acudir al Centro de Mediación de Conflictos de la región judicial donde residen de forma voluntaria.

Sabemos que en Puerto Rico lo más que abundan son los abogados. Todos conocemos a más de uno, tenemos algún primo, hermano, o familiar lejano que estudió derecho o simplemente entendemos que con leer los periódicos nacionales y opinar en las redes sociales estamos más que capacitados para ejercer la abogacía. Aún así siempre le recomendamos que consulte con un abogado antes de decidir que hacer con su caso. Cada caso tiene circunstancias diferentes que pueden alterar los resultados y eso, mi gente, solo un abogado puede decírselos. ¡Hasta la próxima!

Tags

Lo Último