Contexto

Pierluisi presenta enmiendas a la Reforma Laboral para que periodo probatorio sea de 6 meses

También presentí medidas contra la corrupción y el fraude

Pierluisi

El gobernador Pedro Rafael Pierluisi Urrutia presentó el miércoles, a la Asamblea Legislativa, un paquete de medidas de administración entre ellas, enmiendas a la Reforma Laboral y medidas contra la corrupción y el fraude.

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“Exhorto a los líderes legislativos a que den paso a estas medidas para que sean evaluadas justamente. De paso, que atiendan con premura medidas de envergadura como la que crearía la nueva Ley para la Prevención del Maltrato y la Preservación de la Unidad Familiar (Family First), necesaria para que el Departamento de la Familia no pierda millones en fondos federales para salvaguardar el bienestar de nuestra niñez, entre tantas otras que quedaron pendientes en la pasada Sesión Legislativa”, sostuvo el gobernador en declaraciones escritas.

Explicó que la Medida de Administración 60, la cual busca enmendar la Reforma Laboral para establecer un periodo probatorio uniforme de seis meses para empleados exentos y no exentos; uniformar en 700 horas trabajadas el requisito aplicable a los empleados de la empresa privada a fin de tener derecho al pago del bono de Navidad; así como fijar nuevamente en 115 horas de trabajo mensual el requisito para poder acumular licencia por vacaciones y que dicha acumulación sea a razón de 1.25 días por cada mes trabajado.

En temas de seguros, la Medida de Administración 68 de Pierluisi busca enmendar el Código de Seguros de Puerto Rico para hacer cambios a las disposiciones sobre los reaseguros para todas las compañías aseguradoras en Puerto Rico, según los criterios que promulgó la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC, por sus siglas en inglés) en su Ley de Modelo de Crédito por Reaseguro.

Además, la Medida de Administración 67 enmendaría el Código de Seguros de Puerto Rico para crear un Capítulo 32 sobre Gobernanza Corporativa. El propósito del nuevo capítulo es establecer los requisitos sobre el informe de Divulgación Anual de la Gobernanza Corporativa de los aseguradores y organizaciones domésticas de servicios de salud y que eso también “propenda en su funcionamiento eficaz y en un mercado confiable para las operaciones de negocios de seguros en la Isla, en protección de los consumidores de seguros y del interés público”, según explicó el gobernador.

Otra de las propuestas del Ejecutivo es la Medida de Administración 61, la cual busca atemperar la Ley Orgánica de la Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico y la Ley de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Ahorro y Crédito para aclarar que la Comisión de Desarrollo Cooperativo (CDCOOP) será el ente regulador y fiscalizador de las cooperativas de tipo diverso.

El gobernador puntualizó sobre la medida que “esto también asegurará el cumplimiento con el Plan Fiscal para la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Ahorro y Crédito (COSSEC), según requerido por la Junta de Supervisión y Administración Financiera (JSAF)”. La medida dejaría a COSSEC con jurisdicción sobre las cooperativas de ahorro y crédito; mientras, las de tipo diverso quedarían en la jurisdicción de la CDCOOP.

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Mientras, como herramienta para luchar contra la corrupción gubernamental, la Medida de Administración 64 propone establecer una prohibición general, aplicable a todo el Gobierno de Puerto Rico, que impida a todas las agencias gubernamentales, agencias instrumentales y corporaciones públicas la contratación de servicios profesionales por la cantidad de 250,000 dólares o más, durante un año fiscal, sin realizar un proceso abierto, competitivo y público para dicha contratación. Esta medida también establece que la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) reglamentará el proceso.

Otra de las propuestas que forman parte del paquete legislativo de la administración Pierluisi es la Medida de Administración 65, la cual enmendaría la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, con el propósito de proponer penalidades para personas que hayan cometido fraude contra el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos al cobrar ilegalmente el seguro por desempleo o la Asistencia de Desempleo por Pandemia (PUA, por sus siglas en inglés). La medida también permite la incautación del reintegro por parte del Departamento de Hacienda, de haber alguno.

En tanto, como parte de su compromiso programático y a petición de varias juntas examinadoras, el gobernador sometió la Medida de Administración 71, mediante el cual se establecería un proceso más efectivo para que las personas que tengan antecedentes penales puedan solicitar a las distintas profesiones en Puerto Rico, sin que los antecedentes resulten en una denegatoria automática, sino que se evalúen las solicitudes caso a caso.

“Esta política pública busca continuar favoreciendo la rehabilitación y la reinserción de la población correccional a la sociedad, permitiéndoles contar con una fuente de ingresos que les permita llevar una vida digna e independiente, tal cual hemos establecido en las metas de nuestro plan programático”, subrayó el gobernador.

Mientras, por medio de la Medida de Administración 62 se facultaría a la Junta de Directores de la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA) para aumentar las primas a toda persona convicta por guiar en estado de embriaguez o bajo otras sustancias controladas. El estatuto también crearía esta pena especial en la Ley 22-2000. La prima se aumentaría exclusivamente por un lapso de cinco años, desde el momento en que la persona quede facultada a continuar conduciendo luego de la sentencia.

Como parte de las flexibilizaciones para agilizar la expedición de certificaciones de motociclistas, la Medida de Administración 72 de Pierluisi crearía un programa especial auspiciado por la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, a fin de liberar sobre 180,000 multas pendientes de pago, específicamente en el área de motoras. Quienes se beneficien del programa de descuento en el pago de multas deberán estar en proceso de obtener una certificación de motoras M1 o M2. El programa especial también permitiría regularizar miles de motoristas; además de crear campañas de orientación y promoción para incentivar el cumplimiento con las leyes de tránsito.

Por otra parte, la Medida de Administración 66 busca presentar nuevas disposiciones sobre la gobernanza de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados por medio de una enmienda a su ley orgánica: se aclararían los nombramientos del gobernador, se dispondría sobre las facultades de la Junta de Gobierno, se establecerían procesos de fiscalización en el Departamento de Asuntos del Consumidor —que actualmente están en el Ombudsman— y se modernizaría el estatuto.

Sobre propuestas dirigidas a la Comisión de Juegos, el primer ejecutivo presentó la Medida de Administración 69, mediante la cual se llevarían a cabo enmiendas técnicas a la ley orgánica de la Comisión para permitirle tener tesoro propio; mejorar su capacidad de poder pagar a los casinos y entidades fiscalizadas; así como mejorar la gobernanza institucional de la corporación pública.

Asimismo, la Medida de Administración 70, dirigida a fiscalizar y luchar contra el crimen organizado, facultaría específicamente a los inspectores de la Comisión de Juegos a actuar como agentes del orden público para facilitar su trabajo, evitar el lavado de dinero y el fraude y permitir que los casos radicados prosperen en los tribunales.

Sumado a estas medidas y en aras de preservar espacios imperativos de la cultura puertorriqueña, la Medida de Administración 63 se presenta como un nuevo estatuto que propone un fideicomiso privado y un trato contributivo especial sobre donativos para administrar los activos públicos del Museo Pablo Casals —similar al Museo de Puerto Rico— y así preservar su legado artístico y musical.

“Cuando todos trabajamos en colaboración y teniendo el desarrollo social y económico de nuestra Isla como norte, los resultados pueden discernirse indistintamente de líneas partidistas”, concluyó el primer ejecutivo.

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