¡Wéjele!
La semana pasada, a Bad Bunny y a DJ Luián les dieron unos certificaditos ahí y el conejo salió hasta posando con un político que estamos seguros que ni conocía (cuando nos acordemos, nosotros les diremos).
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Y pa' qué fue eso. Las reacciones no se hicieron esperar, y desde Silverio hasta El Molusco, to' el mundo opinó al respecto.
¿Pero cómo diantres fue que Benito, un muchachito de Almirante Sur – cuyo único pecado ha sido cantar canciones de traps sobre ser chillo y borrar caras – recibió un certificado de incentivos del Gobierno?
Pues no es tan difícil. Solo tienes que tener menos de 35 años de edad y hacer muuuuucha tolta en bien poco tiempo. Sí, a eso el Gobierno le llama “Joven Empresario”. Aquí les traemos las calificaciones para ser un “Joven Empresario”. Y no, la chica del #puestazo no cualifica.
Ley de Incentivos y Financiamiento para Jóvenes Empresarios (Ley Núm. 135-2014)
Población elegible:
“Joven Empresario”- todo individuo residente de Puerto Rico entre los 16 y 35 años de edad, que interese crear y operar a largo plazo una nueva empresa en Puerto Rico, por un término indefinido, y que haya obtenido su diploma de escuela superior o una certificación equivalente del Departamento de Educación de Puerto Rico.
Negocio Nuevo creado por Jóvenes Empresarios:
- Negocio que comience su operación principal comercial luego de firmar un Acuerdo Especial para la Creación de Empresas.
- Deberá ser operado exclusivamente por Jóvenes Empresarios, según definido en la Ley.
- No se considerará como Negocio Nuevo aquel que haya estado operando a través de afiliadas o que sea el resultado de una reorganización.
Incentivos disponibles:
- Exención de contribución sobre ingresos para jóvenes de 16 a 26 años sobre los primeros $40,000 de ingreso bruto generados por concepto de salarios, servicios prestados y/o trabajo por cuenta propia;
- Exención total de contribución sobre ingresos, patente municipal y contribución sobre propiedad mueble a los Negocios Nuevos establecidos por jóvenes de 16 a 35 años sobre los primeros $500,000 de ingreso bruto generados durante los primeros tres años de operación;
- Programa de financiamiento y para la Inversión de Capital de Riesgo (Venture Capital) con el BDE para jóvenes empresarios;
- Rentas preferenciales de propiedades de PRIDCO y la Autoridad de Tierras;
- Proceso expedito para la concesión de permisos y certificaciones.
Procedimiento:
- El Joven Empresario debe suscribir un “Acuerdo Especial para la Creación de Empresas Jóvenes”, con la CCE.
- El Acuerdo establecerá el término de su vigencia y expirará cuando los beneficios concedidos en él caduquen, según las disposiciones de la Ley y las obligaciones pactadas en el propio Acuerdo.
Documentos Solicitados para participar del Programa:
- Tener entre 16 y 35 años
-
Evidencia de identificación con foto (emitida por el Gobierno de Puerto Rico y/o por el de EE. UU.)
- Evidencia de identificación con foto (emitida por el Gobierno de Puerto Rico y/o por el de EE. UU.)
Eje: licencia de conducir, pasaporte
- Certificado de nacimiento en original (le será devuelto al solicitante)
- Diploma de escuela superior o equivalente o de grado universitario
- Certificación Reciente de No Deuda Contributiva del Departamento de Hacienda (validar certificación)
- Certificación de Radicación de Planillas de los últimos 5 años del Departamento de Hacienda (validar certificación)
-
De no estar obligado a rendir planillas la certificación de radicación debe venir acompañada del Modelo SC 2781
- De no estar obligado a rendir planillas la certificación de radicación debe venir acompañada del Modelo SC 2781
(Certificación de razones por las cuales el contribuyente no está obligado por Ley a rendir la planilla de contribución sobre ingresos de individuo)
- Certificación Reciente Negativa Propiedad Inmueble del CRIM (con estado de cuenta) (validar certificación)
- Certificaciones de Cumplimiento de la Administración Para el Sustento de Menores (ASUME) (validar certificación)
Si es Corporación: los requisitos 3,4,5 y 6 deben presentarse personales y corporativos
- Certificado de Incorporación (si está incorporada) (validar certificación)
- Solo para solicitantes de préstamo bajo el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (BDE)
Indicar si estará solicitando financiamiento al BDE ¨ Si / ¨ No
La CCE en evaluación de esta solicitud indicará al solicitante si tiene que cumplir con el taller o convalidación del mismo ¨ Matrícula en Taller ¨ Convalidación del Taller
- No estar acogido a cualquier Ley que otorgue incentivos económicos o fiscales para promover una operación comercial, industrial o turística en Puerto Rico sin limitarse a las siguientes Leyes según enmendadas:
-
Ley de Incentivos Contributivos de 1998, Ley Núm. 135-1997
- Ley de Incentivos Contributivos de 1998, Ley Núm. 135-1997
- Ley de Incentivos Económicos para el Desarrollo de Puerto Rico, Ley Núm. 73-2002
- Ley de Desarrollo Turístico de 2010, Ley Núm. 74-2010
- Ley de Incentivos Económicos para la Industria Fílmica de Puerto Rico, Ley Núm. 27-2011
- Ley de Incentivos de Energía Verde, Ley Núm. 83-2010
- Ley para Fomentar la Exportación de Servicios, Ley Núm. 20-2012
- Ley Núm 168 de 30 de junio de 1968
- Cualquier otra información razonable que solicite la Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico.
Nota importante: De enero de 2017 al presente se han certificado un total de 610 nuevas empresas bajo este Programa.