Contexto

Estados Unidos reitera su poder colonial sobre Puerto Rico

Justicia federal reclama que el ELA territorial esté entre las opciones.

Una vez más, el gobierno de Estados Unidos plasmó en un documento oficial que Puerto Rico es un territorio bajo los poderes plenarios del Congreso de Estados Unidos y que “no existe constitucionalmente estado permisible fuera de la cláusula territorial que no sea la condición de estado o independencia”.

Así se desprende del análisis del Departamento de Justicia federal sometido al Comité de Recursos Naturales del Congreso de cara a una vista congresional esta semana sobre las dos medidas relacionadas al estatus de Puerto Rico ante su consideración. Específicamente en este caso es el análisis de la medida de las congresistas Nydia Velázquez y Alexandria Ocasio-Cortez que promueve una asamblea constitucional de estatus.

A rasgos generales, el Departamento de Justicia considera que el proyecto puede salvarse con una serie de enmiendas, en su mayoría para dejar claro que el poder final sobre Puerto Rico recae en el Congreso de Estados Unidos.

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Inicialmente, Justicia levantó objeción sobre el uso de la palabra “inherente” sobre el poder que se le reconocería a la Legislatura de Puerto Rico para convocar la asamblea constitucional de estatus. “Observamos que el uso de la palabra ‘inherente’ puede crear confusión en cuanto a la fuente última de la autoridad del gobierno de Puerto Rico”, lee la opinión de Justicia que cita el caso reciente ante el Supremo de Sánchez-Valle. Agrega que la realidad es que esa autoridad deriva del Congreso. “El Departamento no se opone a algún tipo de reconocimiento del autogobierno de Puerto Rico, pero para evitar confusiones en cuanto a la fuente de la autoridad de la legislatura de Puerto Rico, recomendamos tachar la palabra inherente “, detallan.

De otra parte, se levanta bandera sobre sacar de las opciones el estatus territorial actual. Justicia plantea que puede interpretarse que Estados Unidos “ha determinado que el pueblo de Puerto Rico no puede decidir retener el estatus territorial actual de la Isla”. Afirman que la postura de Estados Unidos es que los puertorriqueños deben determinar por sí mismos el estatus futuro de la Isla y que entre las opciones debe figurar el estatus territorial actual.

De hecho, se cuestiona que se ofrezca un estado libre asociado fuera de la cláusula territorial. “Seguimos creyendo que la Constitución limita a Puerto Rico a tres opciones constitucionales: el estado territorial actual, la condición de estado o la independencia”, plantea el escrito de Justicia.

“El Congreso puede, en su administración de tierras no estatales, otorgar a dicho territorio considerables poderes de autogobierno, como ya lo ha hecho con Puerto Rico […] Pero el Congreso no puede renunciar constitucionalmente a su capacidad de legislar con respecto a ese territorio bajo la Cláusula de Territorios a menos que admita el territorio como un estado, U.S. Const. Arte. IV, §3, cl.1, o promulgue legislación que haga que el territorio sea independiente y ya no esté sujeto a la jurisdicción de los Estados Unidos”, lee la opinión de Justicia.

También se levantó bandera sobre el compromiso que pueda hacer el Congreso actual sobre un arreglo nuevo de estatus para Puerto Rico. “Un Congreso no puede obligar irrevocablemente a Congresos posteriores”, reitera Justicia en su escrito. Plantean que mientras Puerto Rico siga siendo un territorio estará sujeto a los poderes del Congreso y que en ese contexto, un Congreso no puede amarrar a otro. También plantea el mismo escenario ante un arreglo de libre asociación. “El principio de que un Congreso actual no puede vincular futuros Congresos también se aplicaría a cualquier pacto de libre asociación celebrado con Puerto Rico si Puerto Rico optara por ese tipo de independencia. Como asunto de nuestro derecho interno, tal pacto sería necesariamente revocable o sujeto a revisión por una ley posterior del Congreso”, detallan.

Sobre la creación de una Comisión Bilateral para Negociación con el Congreso, Justicia plantea que tiene que establecerse que sería una comisión consultiva. “Observamos que el nombre de la Comisión,“Comisión Negociadora Bilateral del Congreso ”, no parece ser una descripción adecuada de las funciones consultivas de la Comisión. El Departamento no considera que los deberes de la Comisión incluyan negociaciones con la convención y, en consecuencia, sugeriría que se modifique el nombre para caracterizar con mayor precisión el papel de la Comisión, por ejemplo, la Comisión Asesora del Congreso”, plantean.

Justicia reitera que su agencia debe mantener el rol de certificar las opciones viables. Específicamente lo mencionan en cuanto a la campaña educativa que propone la medida. “Si la legislación dispusiera que el Departamento de Justicia tuviera una función de certificación aquí, ayudaría a asegurar que cualquier opción de estatus desarrollada por la convención y seleccionada por el pueblo de Puerto Rico fuese constitucional y, por lo tanto, podría ser ratificada por el Congreso”, lee el estudio de Justicia.

Finalmente, enfatizan que los resultados de un referéndum que surja de la Asamblea Constitucional de Estatus no obliga al Congreso a reconocer los resultados. “Esta disposición es constitucional solo si se interpreta en el sentido de que el Congreso considerará si aprueba una resolución conjunta que ratifique los resultados del referéndum. Si, en cambio, se leyera para obligar al Congreso a aprobar una resolución conjunta, restringiría inadmisiblemente al Congreso. Para abordar esta preocupación constitucional, el Departamento recomienda cambiar “deberá” a “podrá” en la sección 6”, dejan establecido.

Lee el documento aquí:

DOJ Analysis of HR 2070 by Metro Puerto Rico on Scribd

Este miércoles habrá otra vista congresional tanto sobre esta medida como sobre la que propone un proceso para admitir a Puerto Rico como estado de Estados Unidos. Esa segunda medida es impulsada por la comisionada residente en Washington, Jenniffer González.

Los deponentes en la vista de este miércoles serán:

  1. Luis Gutierrez, excongresista
  2. Dr. Rafael Cox Alomar, profesor de derecho constitucional en la Universidad del Distito de Columbia
  3. Annette Martinez-Orabona, directora del Caribbean Institute of Human Right
  4. Rev. Carmen Cabrera, presidenta del Concilio de la Fe de LULAC
  5. Dr. Christina Ponsa-Kraus, profesor de derecho constitucional de Columbia University
  6. Prof. Andrés L. Córdova, profesor de derecho propietario de la Universidad Interamericana de Puerto Rico
  7. Dr. José Caraballo-Cueto, profesor de economía de University of Puerto Rico

El presidente del Comité de Recursos Naturales del Congreso, Raúl Grijalva agradeció los informes de Justicia Federal sobre ambos proyectos de ley.

“Solicité estas evaluaciones para que la consideración del Comité sobre estas importantes leyes para resolver el estatus político de Puerto Rico fuese una informada. Es alentador ver que el Departamento apoya brindarle al pueblo de Puerto Rico la oportunidad de votar sobre si convertirse en un estado de la Unión, como lo haría la HR 1522, y que el Departamento respaldaría la HR 2070 si facilita la elección entre constitucionalmente opciones de estado permitidas. El Congreso tiene la responsabilidad legal, política y moral de desempeñar un papel constructivo en la resolución del estatus político de Puerto Rico. Espero continuar el trabajo en curso con mis colegas, el poder ejecutivo y los funcionarios gubernamentales electos de Puerto Rico para avanzar en un proceso que resolverá este problema, que sigue siendo una prioridad para la gente de la isla”, expresó Grijalva en declaraciones escritas.

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