Contexto

Carmelo Ríos le roncó a Tatito Hernández "con ultimátum de 10 días"

Para que presente copias de hojas de trabajos de abogados en casos legales de la Cámara este cuatrienio

El secretario general del Partido Nuevo Progresista, Carmelo Ríos, reclamó al presidente de la Cámara de Representantes, Rafael “Tatito” Hernández, que provea en los próximos 10 días copia de todos los contratos con firmas legales que ha suscrito la Cámara, las horas facturadas por cada caso que se haya litigado en representación de la Cámara y la cantidad total de dinero que se le ha desembolsado, si alguno, sobre estos trabajos.

De no suministrar la información requerida en el término solicitado, Ríos adelantó que el PNP acudirá al Tribunal de Primera Instancia en el Recurso Especial de Revisión Judicial establecido en el Artículo 9 de la Ley 141.

“Desde que comenzó este cuatrienio, la Cámara de Representantes ha acudido a los tribunales, tanto estatales como federales, a mal utilizar fondos públicos. Al momento, la Cámara de Representantes no ha prevalecido en un solo caso, incluyendo su intento infructuoso para impugnar la Ley 167-2020 en el tribunal estatal, para impugnar la asignación presupuestaria de la elección de delegados en el tribunal federal y para paralizar contratos suscritos con la Rama Ejecutiva. En dichos casos, los tribunales le desestimaron sus planteamientos demostrando la frivolidad de los mismos. Sobre esos casos, usted afirmó públicamente que apelaría las decisiones, cuestión que no hizo, demostrando la falta de razón”, señaló el Secretario General de la Palma en una carta enviada al Presidente Cameral.

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“Todas estas demandas perdidosas, han sido presentadas por abogados cuyos contratos no surgen del Registro de Contratos de la Oficina del Contralor. Asumimos que para representar a la Cámara de Representantes existe un contrato que autoriza a un ente externo privado a representar a una entidad gubernamental. De no estar registrados dichos contratos en el Contralor de Puerto Rico como requiere la ley, tenemos serios cuestionamientos de la legalidad de desembolsos públicos para estos fines”, agregó Ríos.

El también portavoz alterno del PNP en el Senado, dijo que el pedido se hace mediante la Ley 141-2019, conocida como “Ley de Transparencia y Proceso Expedito para el Acceso a la Información Pública”.

El Artículo 409 del Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico establece que “[t]odo ciudadano tiene derecho a inspeccionar y sacar copia de cualquier documento público de Puerto Rico, salvo lo expresamente dispuesto en contrario por la ley”. De igual forma, el Artículo 6 de la Ley 141-2019 dispone que “[c]ualquier persona podrá solicitar información pública mediante solicitud escrita o por vía electrónica, sin necesidad de acreditar algún interés particular o jurídico”. Esta Ley, surge de una política pública clara del Gobierno de Puerto Rico para la apertura a la información y documentación, y que los ciudadanos puedan acceder a aquella información pública de forma oportuna y objetiva.

 

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